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Murcia: el TSJ declara nulo el acuerdo que excluye al temporal de la carrera profesional del SMS

Los trabajadores interinos y temporales del Servicio Murciano de Salud (SMS) acaban de recibir el respaldo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia para poder incorporarse a la carrera o promoción profesional, tras una sentencia que anula un acuerdo del Consejo de Gobierno que solo permitía el acceso a funcionarios de carrera y personal estatutario fijo.

El Sindicato Médico de Murcia presentó un recurso contra esta decisión, que no había sido negociada con las centrales sindicales y podría afectar a casi un 40 por ciento de la plantilla. Este lunes la Sala 2ª de lo Contencioso-Administrativo ha comunicado la sentencia, que podrá ser recurrida por el SMS, respaldando el recurso en que Cesm solicitaba que se eliminara la condición de personal estatutario fijo como única vía de acceso al sistema de carrera y promoción profesional.

El nuevo modelo de carrera, que incorporaba evaluación y competencia profesional a sus baremos (antes solo antigüedad) daba paso a los profesionales que la tuvieran reconocida previamente, a los que accedieron en 2018 al primer nivel y a quienes lleven más de 5 años de ejercicio en el SMS, que podrían solicitarla de inmediato. Pero excluía a trabajadores interinos y temporales.

Vulnerado el derecho a la igualdad

Ahora el TSJ declara la nulidad de parte del acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Murcia de 6 de marzo de 2019 que establecía las bases sobre criterios e indicadores para evaluar la carrera profesional del personal facultativo y diplomado universitario, y de la promoción profesional de los diversos grupos y subgrupos de personal sanitario y no sanitario del SMS “en cuanto vulnera el derecho a la igualdad entre los funcionarios de carrera y el personal estatutario fijo, y los interinos y el personal temporal, en la participación en los procedimientos de carrera y promoción profesional”.

Mientras CESM celebra esta sentencia hace hincapié en que se da un gran paso para conseguir una de sus reivindicaciones históricas, al entender que “esta prohibición vulneraba el principio de igualdad y discriminaba a profesionales que realizaban un mismo trabajo y percibían un sueldo menor”.

El Sindicato Médico asegura que, a partir de ahora, el personal no fijo del SMS que cumpla los restantes requisitos exigidos para carrera o promoción profesional tendrá acceso a los complementos retributivos que benefician al personal estatutario. No obstante, matizan que la sentencia lo que hace es obligar al SMS a eliminar el requisito de ser trabajador funcionario o estatutario, y abre la puerta a iniciar las reclamaciones oportunas por parte del personal no fijo del SMS.

Por su parte el Servicio Murciano de Salud ha explicado a DM que tienen que estudiar la sentencia antes de comunicar si la recurrirán o no. Está previsto que lo hagan el próximo lunes. Es previsible que no recurran, teniendo en cuenta que el Tribunal Supremo ya dictó sentencia favorable a la igualdad de los trabajadores interinos en términos de carrera

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