La responsabilidad pública en materia sanitaria, fue el título de la conferencia que ha impartido el magistrado del Tribunal Supremo César Tolosa Tribiño, dentro del curso La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas y de las entidades del sector público institucional, que se celebra estos días en la Universidad Menéndez Pelayo (UIMP), en Santander.
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Tolosa Tribiño ha lamentado que en el ordenamiento jurídico español no exista un baremo que establezca cuáles deben ser las indemnizaciones que han de percibir los afectados por los “daños causados por la actividad sanitaria”.
Ha recordado que la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, que recoge el baremo de accidentes de circulación ya apuntaba la necesidad de crear un baremo en ese sentido, y ha asegurado que, pese a que existe “una comisión” encargada de llevar a cabo esa tarea, “no se pone de acuerdo”. Ha reprochado, asimismo, que hayan trascurrido cuatro años desde que se publicase esa norma jurídica sin que se hayan producido avances en la materia.
Para el magistrado del Tribunal Supremo esta ausencia de regulación deriva en que “exista una discrecionalidad absoluta” a la hora de fijar las indemnizaciones por malas praxis médicas. “El legislador es consciente de esta situación, lo que pasa es que no cumple con los deberes”, ha señalado.
Tolosa Tribiño ha recordado que “en el ámbito de la medicina no estamos ante una responsabilidad o una obligación administrativa de resultados, sino de medios”, ha subrayado el magistrado, aludiendo a que “no se puede exigir al personal facultativo o sanitario la curación del paciente”, sino que únicamente se le puede pedir que “ponga los medios y la técnica” precisos “para conseguir el mejor resultado posible”. “Pero no el resultado de la curación, porque ese está fuera del campo de las facultades humanas”, ha finalizado.
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