Los títulos de especialista reconocidos en España podrían revisarse cada 5 años. Es uno de los puntos de la propuesta de decreto formativo en el que el Ministerio de Sanidad lleva trabajando desde hace meses en sustitución del polémico decreto de troncalidad, anulado por el Tribunal Supremo.
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El proyecto, presentado este jueves en la Comisión Técnica Delegada de Recursos Humanos, regula el procedimiento de aprobación de nuevas especialidades, la formación común y el acceso a las áreas de capacitación específica (ACE). El borrador normativo no incluye ninguna lista de posibles nuevas especialidades o ACE.
Sobre la revisión de las especialidades, el texto indica que cada cinco años las Comisiones Nacionales de cada especialidad debe presentar ante del Consejo de Especialidades y a Ordenación Profesional un informe de viabilidad para justificar que dicha especialidad “responde a las necesidades del sistema sanitario, a la evolución de conocimientos científicos en la formación de especialistas y que se encuentra adaptada a las directrices de la normativa comunitaria”.
Será Ordenación Profesional, de oficio o a iniciativa del Consejo, quien decida incoar la revisión, modificación, refundición, cambio de denominación o supresión del título de especialista si se considera que no cumple dichos criterios.
Los criterios para crear una nueva especialidad
En cuanto a la aprobación de nuevas especialidades, Sanidad había señalado que quería modificar para que dependieran de un criterio técnico más que político.
La propuesta de nuevas especialidades vendría de Sanidad, las consejerías o los colegios profesionales (las sociedades científicas tendrían que hacerlo a través de estos últimos).
Seis meses después de acceder a estudiar la nueva especialidad, Ordenación Profesional resolverá
¿Qué criterios se contemplarán? Según el documento, la nueva especialidad debe responder a una creciente demanda asistencial de especial trascendencia que no esté suficientemente resuelta por las ya existentes. Asimismo, se contempla que pueda haber un campo de la salud no cubierto por otras disciplinas; que la nueva especialización sea aconsejable a raíz del progreso científico; que pueda tener un impacto positivo en la calidad asistencial y en la gestión clínica y que pueda resultar viable económicamente.
En 30 días naturales Ordenación Profesional deberá dar una primera respuesta, decidiendo si se rechaza o sigue el procedimiento. En caso afirmativo, se consultará a diversos órganos, como las comisiones nacionales, la Comisión de recursos Humanos, el Comité Consultivo del Consejo Interterritorial, etc., pero ninguno de los informes será vinculante. En teoría, deberían tenerlo preparado en 3 meses.
Seis meses después de acceder a estudiar la nueva especialidad, Ordenación Profesional resolverá. Si decide rechazar la propuesta, deberá emitir un informe con las razones específicas.
Acceso a las ACE desde el MIR
La norma también incorporaría novedades sobre las ACE respecto a lo que contenía la norma de troncalidad. Aunque se contempla el acceso extraordinario (con una formación y experiencia profesional relacionada de al menos 5 años de los 7 anteriores a la entrada en vigor del decreto que regule dicha ACE), el borrador normativo indica que podrán acceder a dicha formación los MIR de las especialidades relacionadas a partir del 3º año.
Este punto es el más novedoso, puesto que hasta ahora sólo se contemplaba el acceso como una formación aparte de la especialización. De hecho, las futuras convocatorias MIR incluirán qué plazas incluyen la posibilidad de acceder a una formación de ACE.
Se podría acceder a las ACE bien desde un acceso extraordinario o en paralelo a la formación MIR a partir del 3º año
El objetivo, según las fuentes consultadas, sería no alargar excesivamente el periodo de formación y de alguna forma dar carta de naturaleza a las subespecialidades. En cualquier caso, las especialidades con ACE tendrían una parte de formación común obligatoria.
Los requisitos para crear una ACE (que podrán proponer las sociedades científicas) serán que tenga un interés relevante de mejora de calidad asistencial y la salud de la población y que suponga un incremento significativo de las competencias profesionales exigidas en los programas de las especialidades vinculadas.
No obstante, el Ministerio de Sanidad indica que la creación de las ACE se entiende “sin perjuicio del carácter pluriprofesional de determinados servicios sanitarios y de las competencias que corresponden a las comunidades respecto a la organización de los servicios”.
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