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Tengo derecho a morir dignamente

Morir dignamente es el ideal acto final de una vida digna. Significa morir con el mínimo sufrimiento físico, psíquico, emocional o espiritual. Significa también morir acompañado de los seres queridos, bien informado si se desea, pudiendo rechazar los tratamientos que no se quieren, habiéndolo preparado mediante un Testamento Vital, en la intimidad personal y familiar, sin que los profesionales se obstinen en mantener tratamientos que ya no son útiles y sólo alargan el fin, en casa si se puede, dormido si uno lo solicita: Morir bien, cuidado y a tiempo. Morir en paz. Y yo, como cualquier perdona, tengo derecho a morir dignamente.

Y es que la muerte es inseparable del hecho de la vida.

Otra cosa diferente son la eutanasia y el suicidio asistido.

La realidad es que la palabra “eutanasia” tiene una fuerte carga emocional, como las palabras “cáncer” o “muerte”. Etimológicamente la palabra “eutanasia” sólo significa “buena muerte”. En la eutanasia, las personas piden voluntariamente que el profesional ponga fin a su vida administrándole alguna sustancia letal, porque su enfermedad le produce un sufrimiento inaguantable. En el suicidio asistido los profesionales se limitan a facilitar dichas sustancias, pero es el propio paciente el que decide libremente cuándo tomarlas.

En España, la eutanasia no está autorizada, pero la ley reconoce el derecho de los enfermos a rechazar la atención médica y expresar sus deseos en forma de testamento en vida. De hecho, tanto la eutanasia como el suicidio asistido se consideran un delito, según el artículo 143.4 del Código Penal.

El rango de penas va de los dos a los diez años de prisión, aunque se prevé una rebaja si hay petición expresa de la víctima y ésta padeciera enfermedad grave.

Así, el que induzca al suicidio será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años y el que coopere con actos necesarios al suicidio de una persona podrá ser condenado a entre dos y cinco años. Si la cooperación llega “hasta el punto de ejecutar la muerte”, esa condena será de seis a diez años de prisión. Pero en el apartado 4 de ese artículo se establece que en los casos de “petición expresa, seria e inequívoca” de la víctima, si ésta sufriera “una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte, o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar”, el castigo será con la pena inferior en uno o dos grados a las señaladas.

Eutanasia y suicidio asistido

Y el caso de Ángel Hernández y María José Carrasco, una enferma de esclerosis múltiple en fase terminal fallecida tras ingerir una sustancia letal suministrada por su marido, vuelve a poner el debate sobre la eutanasia sobre la mesa. La conmovedora historia de Ángel Hernández y su mujer, María José Carrasco, nos ha impresionado a todos. Su muerte ha reabierto el debate sobre la eutanasia. En la actualidad, solo ocho países -entre ellos Bélgica, Luxemburgo o Colombia- han despenalizado la ayuda médica a morir, algo que es completamente ilegal en nuestro país. Sin embargo, varios son los casos de personas que en España optaron por no vivir pegados a una cama o a una silla y eligieron la vía de suicidio asistido. Otros, en cambio, lograron que les desconectaran o murieron esperando que el Congreso diera luz verde a la eutanasia.

Anteriormente, la polémica estuvo en torno a la película Mar adentro, que se inspira en el caso de Ramón Sampedro (fue el 12 de enero de 1998 cuando Ramón Sampedro falleció tras ingerir cianuro ayudado por una amiga, Ramona Maneiro y que fue el primer ciudadano español que reclamó el derecho al suicidio asistido y peleó por él sin éxito ante los tribunales, convirtiéndose en un símbolo y su historia se llevó al cine), el protocolo de sedación paliativa por los médicos de Leganés (Madrid) y el reconocido doctor Montes o la película Million Dollar baby, en donde el personaje interpretado por Clint Eastwood, al inyectar por vía endovenosa cantidades masivas de adrenalina hasta producir una parada cardiorrespiratoria a la protagonista, que se ha quedado tetrapléjica por un golpe de boxeo y le ha solicitado reiteradamente que la ayude a morir, parece realizar una acción plenamente eutanásica.

Pero ha habido otros casos para comentar: Carmen Barahona no pudo tomar de la mano a su hijo cuando murió. Iván tuvo que organizarse para dejar el enorme sufrimiento que le causaba su incurable esclerosis lateral amiotrófica (ELA) de manera que su madre estuviera lejos. No quería que se arriesgara a ser detenida, juzgada y condenada por colaborar en su decisión.

En Portugalete (Bizkaia), la familia de Maribel Tellaetxe inició en diciembre una campaña de recogida de firmas para regular la eutanasia y cumplir con el deseo de la mujer, fallecida el pasado 6 de marzo a los 75 años tras doce enferma de alzheimer.

“Estoy en una nube… pero contenta, la verdad. Me voy a dejar ir despacito”. Estas fueron las últimas palabras de Madeleine, una mujer de nacionalidad francesa residente en España que falleció en enero 2007 tras ingerir un cóctel de fármacos. Padecía esclerosis lateral amiotrófica (ELA) desde 2003 y tenía claro que quería morir ante el temor de quedarse inválida. Pidió en varias ocasiones a médicos españoles un suicidio asistido, pero no tuvo éxito. A través de la asociación Derecho a Morir Dignamente se informó de qué era legal y qué no en España. Consciente de que ni el suicidio asistido ni la eutanasia lo eran, le proporcionaron un cóctel de fármacos que puso fin a su vida. Acompañada de dos voluntarios de esta organización, se quitó la vida en su casa de Alicante.

José Antonio Arrabal López, diagnosticado desde 2015 de ELA, se suicidó delante de una cámara de vídeo “indignado” por “tener que morir en la clandestinidad”, según sus propias palabras, para reclamar el suicidio asistido y la eutanasia. Este paciente llevaba meses planeando su suicidio, que llevó a cabo el 2 de abril de 2017 a través de la ingesta mediante una pajita de dos frascos de medicamentos adquiridos por internet, aprovechando que su familia no estaba en casa.

En marzo de 2007, Inmaculada Echevarría, que padecía distrofia muscular progresiva y vivía conectada a un respirador, vio cumplido su deseo de que le retirasen el respirador que la mantenía con vida. Echevarría tenía la autorización del Comité Ético de la Junta de Andalucía y del Consejo Consultivo Andaluz para que se cumpliese su petición, que se encuadraba en un caso de limitación de esfuerzo terapéutico y no de eutanasia. Meses antes de su muerte, pidió públicamente que se aprobara la eutanasia porque “no es justo vivir así”. En una carta pedía ayuda “para morir libremente y sin dolor”. “Asumo mi enfermedad pero no los métodos artificiales de alargarla de manera inútil, aumentando el dolor y desesperación que ya sufría y que esperaba acabara con la muerte natural”.

“Amo la vida como el primero, no quiero morirme, pero no quiero vivir a cualquier precio, sin poder saborear un vaso de agua nunca más. A ese precio renuncio a la vida, pero la legalidad vigente no me lo permite”, explicaba Jesús Blasco, socio de Dret a Morir Dignament Catalunya. Tiene hecha su declaración de voluntades anticipadas y cree que es dueño de su vida. “Sé que me queda el puente o la vía del tren, pero quiero dormirme sin dolor, plácidamente y, si es posible, en casa con los míos. ¿Tengo que llegar al extremo de Ramón Sampedro y su tortura legal?”.

“Hoy, cansado de la desidia institucional, me veo obligado a morir a escondidas, como un criminal. El proceso que conducirá a mi muerte fue escrupulosamente dividido en pequeñas acciones que no constituyen ningún delito en sí mismas y que han sido llevadas a cabo por diferentes manos amigas. Si aun así, el Estado insiste en castigar a mis cooperadores, yo les aconsejo que les sean cortadas las manos, porque eso es lo único que aportaran”, decía en el vídeo Ramón Sampedro.

Y la Conferencia Episcopal Española dice que “La muerte provocada no es la solución a los conflictos de la sociedad, ni en los casos de eutanasia ni de aborto”. “Nosotros estamos siempre en defensa de la vida. Estamos por ayudar a las personas con cuidados paliativos, en ofrecerles el consuelo de nuestra compañía”.

Los derechos rápidamente asumidos por esta sociedad a tomar decisiones sobre su enfermedad, a no recibir tratamientos a pesar de que acorte su vida, a ser perfec­tamente informado, a recibir sedación al final calan a menor velocidad en los centros sanitarios. Para eso el documento de voluntades anticipadas incorporado a la historia clínica es esencial. Así no hay error en la interpretación de los deseos cuando uno está inconsciente.

Por todo ello, hay que tener en cuenta que la eutanasia no es un asunto solo sanitario, sino de toda la sociedad. Pero no se puede abandonar el de­recho a la atención digna hasta el final. Para ello, los/as profesionales sanitarios deben tener la formación adecuada para an­ticiparse a las decisiones.

Y la sociedad española tiene que romper el tabú de la muerte. La muerte forma parte de la vida, y tenemos que aprender a hablar de ella con libertad. Necesitamos tener a la muerte como pantalla saludable y no de conflicto.

En recuerdo a mi madre, que murió el 24-4-2019.

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