Un juez ha anulado la decisión del Colegio de Médicos de Madrid (Icomem) de cerrar su sección de médicos acupuntores, entre otras, al considerar que la resolución de la Junta Directiva no estaba suficientemente motivada.
La resolución indica que en abril de 2017, el Pleno colegial acordó disolver “las secciones colegiales, comisiones de acreditación y demás habilidades no relacionadas con las especialidades reconocidas por el Ministerio de Educación” a propuesta del Consejo Científico. En total, el Icomem anuló 30 secciones que entendía que eran pseudocientíficas, entre ellas las de acupuntura y homeopatía.
El presidente de la antigua asociación colegial de médicos acupuntores; León Siboni, recurrió primero ante el colegio y luego ante el juez el acuerdo de la Junta, alegando que la motivación era insuficiente porque no se le había remitido la propuesta del Consejo Científico, por lo que se le habría producido “indefensión causante de nulidad“.
El juez da la razón a los acupuntores, señalando que “se impide a la asociación recurrente conocer
en qué se fundamenta la propuesta del Consejo Científico, sin que se incorpore el texto de dicha propuesta a las resoluciones recurridas, conducta que no es posible calificar como constitutiva del ejercicio de una potestad discrecional de la Junta Directiva, porque al no contener la motivación exigible conforme a la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el acuerdo se muestra arbitrario y contrario a las garantías establecidas en el artículo 9.3 de la Constitución”.
El colegio ha emitido un comunicando señalando que respeta la decisión judicial, “aunque no la comparte” y que se debatirá en el próximo pleno del 30 de mayo, indicando que probablemente se recurrirá ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. El Icomem defiende que en el artículo 35 de sus estatutos se establece la posibilidad de crear o disolver comisiones, secciones o grupos de trabajo colegiales.
Por otra parte, anuncia que “trasladará el fallo al Consejo Científico para someterla a su criterio técnico”, si bien hay que puntualizar la sentencia se ciñe exclusivamente a normas administrativas, sin entrar en el fondo sobre la evidencia acerca de la acupuntura.
“La Junta Directiva recuerda que la institución defiende el uso de procedimientos y fármacos cuya eficacia se haya demostrado científicamente y que no son éticas las prácticas carentes de base científica, ni los procedimientos ilusorios o insuficientemente probados que se proponen como eficaces y que por lo tanto no deben tener cabida en el Icomem”, señalando que la Organización Médica Colegial y el Ministerio de Sanidad tienen una postura similar al respecto.
Hay que recordar que la acupuntura es una de las 66 disciplinas que el Gobierno está estudiando si tienen evidencia científica suficiente (hay ciertos estudios que sí avalan su uso para ciertas dolencias) como para excluirse de la lista oficial de pseudoterapias.
Una sentencia con posibles efectos nacionales
León Siboni, antiguo presidente de la sección de acupuntura, se ha felicitado por la sentencia, “que es muy importante a nivel nacional, puesto que otros colegios han tomado decisiones similares“, si bien son conscientes de que el fallo judicial no tendrá efectos inmediatos.
Por otra parte, ha vuelto a criticar la decisión del Consejo Científico, puesto que “la acupuntura tiene evidencia. Yo mismo entregué al presidente, Miguel Ángel Sánchez Chillón, un dossier de 100 páginas, pero no recibí respuesta, y la siguiente noticia fue la disolución”.
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