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Andalucía: nuevas condiciones para la intensificación de actividad investigadora

La Consejería de Sanidad de Andalucía ha publicado la nueva instrucción con las condiciones para las llamadas intensificaciones de la actividad investigadora que pueden concederse a unidades asistenciales y profesionales del Servicio Sanitario Público de Andalucía (SSPA), que incluye al Servicio Andaluz de Salud y a las agencias públicas sanitarias.

Durante 2018, un total de 151 unidades asistenciales se beneficiaron del programa de intensificación, de las cuales 73 unidades fueron intensificadas un 50% durante un año; 18 unidades lo fueron al 100% durante 5 años. En cuanto a los profesionales, 85 profesionales del sistema sanitario y 38 investigadores vinculados se beneficiaron de intensificaciones durante el pasado año.

Así, las nuevas instrucciones aprobadas, y que sustituyen a las de 21 de diciembre de 2018, establecen los requisitos de las unidades clínicas y áreas integradas de gestión de las agencias públicas para solicitar una intensificación, los requisitos de los profesionales para ser intensificados, el órgano encargado de la valoración de las solicitudes, los criterios de valoración para su concesión, los límites a la intensificación, etc.

Requisitos de las unidades y los profesionales

La unidades clínicas destinatarias de las intensificaciones deberán haber tenido un cumplimiento del 70% de los objetivos de los acuerdos de gestión clínica en los últimos tres años y se tienen que haber alcanzado al menos el 50% de los objetivos de investigación de los últimos dos. La unidad debería estar acreditada por la ACSA o en proceso de re-acreditación y si ha habido acreditaciones anteriores, haber superado la evaluación.

Asimismo, los profesionales que disfruten de estas intensificaciones, además de trabajar para el SSPA, deben ser el investigador principal de, al menos, de un proyecto comisionado por la Consejería de Salud y Familias o por el Servicio Andaluz de Salud, de un ensayo clínico autorizado independiente de interés sanitario, de un ensayo clínico autorizado en fase I o IIa, de un proyecto de investigación/innovación de convocatoria de compra pública innovadora o de un proyecto de investigación/innovación competitivo financiado por una entidad pública o privada, o bien ser responsable de un paquete de trabajo en un proyecto europeo competitivo.

Y además de estar autorizado por gerencia y proporcionar documentación del proyecto, el profesional no podrá estar intensificado más de un 50% ni menos de un 20% de su jornada laboral. Una novedad es que todos los profesionales con actividad asistencial en el SSPA pueden ser intensificados, también los que no tienen dedicación exclusiva, que anteriormente quedaban excluidos.

Diferentes tipos de intensificaciones

Existen varios tipos de intensificaciones. Una de ellas es la intensificación de la actividad investigadora mediante convocatoria competitiva, que permite la liberación parcial y temporal de la actividad asistencial de un profesional para posibilitar un aumento de su dedicación a la actividad investigadora, mediante una convocatoria competitiva de acciones de refuerzo de una entidad pública financiadora o de una entidad autorizada por la Consejería de Sanidad o el Servicio Andaluz de Salud.

Está también la intensificación singular de la actividad investigadora, que posibilita esta misma liberación parcial y temporal de la actividad asistencial para aumentar la labor investigadora de un profesional, pero sin que medie una convocatoria.

Un tercer tipo de intensificación es la acción de refuerzo, que consiste en la financiación, mediante convocatoria competitiva, de la contratación de recursos humanos que permitan a una unidad clínica intensificar su actividad investigadora.

 

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