Un total de 554 profesionales sanitarios (499 médicos y 55 farmacéuticos de atención primaria) se han inscrito como demandantes de empleo en el registro de alta disponibilidad, creado por el Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa) para tratar de asegurar la asignación de los puestos de urgente cobertura asistencial en todas las áreas sanitarias. El listado de profesionales ha sido publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA), a través de una resolución que ha servido también para conocer más detalles sobre el funcionamiento de este registro. El principal atractivo para los profesionales a la hora de inscribirse es que reciben una puntuación adicional en sus méritos por el mero hecho de estar inscritos en el listado.
Para la creación de esta bolsa de empleo para facultativos especialistas de área (FEA) y farmacéuticos de atención primaria ha sido necesaria la introducción de una disposición transitoria que modifica algunos apartados del Pacto de Contratación Temporal del Sespa. Los profesionales inscritos manifiestan estar disponibles para trabajar en todas las áreas sanitarias y aceptar nombramientos para coberturas urgentes, entendiendo como tales aquellos puestos que, de no cubrirse, causen merma asistencial.
Los profesionales inscritos tienen que estar disponibles para cubrir la plaza en un plazo máximo de 4 horas
En estos supuestos, los trabajadores deberán estar disponibles en un plazo máximo de 4 horas desde que se realiza la oferta, designando a los profesionales en orden ascendente, de menor a mayor puntuación.
El listado ahora publicado en el BOPA es provisional. Una vez que se publique el definitivo (subsanadas las reclamaciones que se produzcan sobre la primera publicación), se otorgará una puntuación por “alta disponibilidad” de 0,08 puntos por cada mes de inscripción en el registro. Esta puntuación se sumará a la puntuación total que se asigne en cada proceso de actualización de méritos, conforme al pacto de contratación temporal.
Posibles penalizaciones
Una vez inscrito en el registro, se podrá causar baja a petición del interesado en el mes de enero de cada año, sin perder por ello el derecho a la puntuación otorgada hasta entonces. Si el demandante de empleo solicita voluntariamente la baja en el registro fuera de ese periodo, rechaza una oferta de nombramiento o no contesta al llamamiento de forma reiterada, se le restará la puntuación que hubiese acumulado por cada mes desde la última inscripción en el registro.
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