El Consejo de Colegios de Médicos de Cataluña (CCMC) ha aprobado un documento de posicionamiento (puede acceder al mismo en catalán en este enlace) donde define cuáles son los principios que deben seguir los médicos que indican terapias complementarias para garantizar el ejercicio correcto de la medicina; no deben ocupar el papel principal ni exclusivo en el manejo de ninguna patología.
Este principio de base sería coherente con la línea defendida previamente por el Colegio de Médicos de Barcelona y con el informe de la Comisión Deontológica de la Organización Médica Colegial (OMC), aunque éste última sólo permitiría los “procedimientos no validados”, diferenciándolos de las “practicas ya invalidadas por la ciencia”.
El médico que use terapias complementarias debe asegurarse de que no interfieran con la acción de los tratamientos principales ni puedan perjudicar al paciente
Los principios se han recogido en un decálogo, que es de obligado cumplimiento para los médicos, y parten de la base general de que cualquier médico “debe guiarse, de manera inexcusable, por criterios científicos consensuados y actualizados” y de que el abordaje de cualquier enfermedad debe comprender, “de manera inequívoca y fundamental, la indicación de tratamientos basados en los conocimientos médicos validados”. Así pues, las terapias de carácter complementario, aunque pretendan contribuir a mejorar el estado del paciente, no pueden ocupar nunca un papel principal ni exclusivo en el manejo de ninguna patología.
Partiendo de esta base, la indicación de terapias complementarias y su divulgación “deben ir acompañadas de información muy clara sobre el carácter no sustitutorio de estos procedimientos en relación a los tratamientos validados”. El médico, según el consejo, tiene la obligación de “insistir en la necesidad de no abandonar ningún tratamiento principal y necesario. Debe velar, además, por que la aplicación de terapias complementarias no interfiera con la acción de los tratamientos principales ni pueda perjudicar al paciente”.
No todo es terapia complementaria
El documento excluye del concepto de terapias complementarias “aquellos procedimientos que inducen de forma clara al abandono de tratamientos validados por la comunidad médica” (como la Nueva Medicina Germánica o Método Hamer, la Bioneuroemoción, la dieta milagrosa del pH, etc.), así como el uso de productos o procedimientos no autorizados o prohibidos para el uso humano (MMS, derivados del muérdago, etc.).
El documento también indica que el médico, antes recomendar o pautar tratamientos complementarios, “si no tuviera conocimientos suficientes sobre los tratamientos validados o no tuviera suficiente experiencia de uso de los mismos para la enfermedad que sufre el paciente, deberá derivarlo a un colega con la experiencia necesaria para garantizar una atención médica de calidad, velando por la seguridad clínica del paciente”.
Además, puntualiza que “es necesario mantener un compromiso de formación continuada, basada también en actualizaciones del conocimiento científico validado para las patologías atendidas, además de la formación que se pueda llevar a cabo en relación con terapias complementarias que practique el profesional”, y que todas las acciones de divulgación o formación en cualquier terapia complementaria “deben advertir de manera clara e inequívoca del papel complementario que tienen los tratamientos e incluir siempre cuáles son las recomendaciones vigentes en la comunidad médica para cada patología”.
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