El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 4 de Las Palmas de Gran Canaria ha reconocido a un especialista el grado cuatro de carrera profesional, que le había negado su superior jerárquico en el hospital donde trabaja. El juez considera demostrada la mala relación que existía entre los dos profesionales y concluye en la sentencia que “no resulta admisible que las malas relaciones laborales existentes entre el recurrente y su superior jerárquico cercenen el derecho a la carrera profesional del médico”.
El decreto autonómico que desarrolla el modelo de carrera profesional dentro del Servicio Canario de Salud establece que para ascender en cada nivel de carrera profesional es necesario evaluar “la actividad asistencial, la formación continuada, la docencia, la investigación y el compromiso con la organización”.
La sentencia invalida la encuesta que realizó el jefe de servicio al facultativo para evaluar el apartado de compromiso con la organización
La negativa administrativa al reconocimiento del complemento salarial se sostiene en que en uno de los factores que se tiene en cuenta, el relativo al compromiso con la organización, el recurrente obtuvo cero puntos. La norma obliga que para lograr el ascenso solicitado en la carrera es necesario obtener créditos “en todos y cada uno de los factores a valorar”. Así, el cero en el concepto de compromiso con la empresa dejaba fuera al médico.
una encuesta cuestionada.
En el juicio se detalla que la obtención de puntuación en este concepto se alcanza mediante “un cuestionario estandarizado elaborado por el superior jerárquico del facultativo”. Entre los factores que, según la norma autonómica deberían considerarse en el cuestionario para valorar este punto, están la participación del profesional en comités o comisiones de interés para la organización, el esfuerzo para integrar a los profesionales de nueva incorporación, la elaboración de protocolos, guías clínicas, predisposición favorable a participar en proyectos institucionales, etcétera.
El jefe de servicio “puntuó con 6 puntos el factor compromiso con la organización, lo que equivale a 0 créditos. Le otorgó también 0 puntos en el apartado de trabajo en equipo y 0,37 puntos en el apartado interrelación usuarios”.
El 54 por ciento de los médicos que sufren acoso por parte de un superior jerárquico “se aguantan y no dicen nada”
El juez invalida el citado cuestionario, pues considera que “constituye un hecho acreditado, en virtud de sentencias que obran en autos, las difíciles relaciones personales y profesionales que existen entre ambos facultativos, lo que obliga a poner en entredicho la puntuación anormalmente baja otorgada al recurrente”. En definitiva, el cuestionario no cuenta con las “necesarias garantías de objetividad e imparcialidad”.
Pero, en estos casos, la solución, como se recuerda en el juicio, está en presentar una valoración alternativa de otros profesionales del servicio. Sin embargo, tampoco esta solución era posible en este caso. El motivo lo explica la sentencia, y es que “la situación de conflictividad laboral puesta de manifiesto es obvio que tiene que trascender al propio servicio, lo que supone una dificultad añadida para que el recurrente pueda conseguir que un número suficiente de facultativos cumplimente los cuestionarios de contraste”.
El caso que resuelve esta sentencia es singular en el sentido de que la mala relación entre los médicos, jefe de servicio y especialista, en un hospital canario, ha motivado varios recursos judiciales con sentencias que han fallado a favor del especialista. Es decir, ha sido relativamente fácil demostrar la situación de conflictividad que caracteriza a las relaciones entre estos profesionales porque hay sentencias que dejan pocas dudas al respecto. Esta situación, sin duda, ha facilitado que el caso haya prosperado y el recurrente tenga el reconocimiento, por vía judicial, del nivel 4 de carrera profesional.
El facultativo ganó un recurso de acoso laboral contra el mismo jefe de servicio, en el que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias le reconoció su derecho a volver al puesto solicitado y una indemnización de 45.000 euros. Sin embargo, para la ejecución de la citada sentencia, se requirió otro recurso judicial, pues la Administración encargada de hacer efectiva la sentencia no actuó en el tiempo indicado.
La peregrinación judicial que ha realizado este facultativo en defensa de sus intereses y en denuncia de un acoso laboral que ha sido constatado por los juzgados no es muy habitual. El 54 por ciento de los médicos que sufren acoso por parte de un superior jerárquico “se aguantan y no dicen nada”, así figura en el Estudio sobre la situación laboral de los médicos en España, elaborado por la Organización Médica Colegial (OMC) y la Conferencia Estatal de Sindicatos Médicos (CESM), publicado en febrero de 2017 y que dedica un apartado especial para dimensionar estos conflictos. Solo el 4 por ciento de los que soportan estos abusos denuncia.
De los encuestados, 13.335 casos, más del 40 por ciento de los médicos, afirman haber sufrido algún tipo de acoso por parte de superiores jerárquicos. Este tipo de abusos se centran en perjudicar al facultativo en cuanto a la carga laboral (29,2 por ciento), al horario (un 14,6 por ciento) y, como en el caso juzgado, vetar al médico para que prospere en su trayectoria profesional, lo que representa un 10 por ciento.
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