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¿Un médico puede verse inmerso en un proceso penal por confundir los síntomas de una patología grave?

La posible responsabilidad penal debería ser por la comisión de un presunto delito de lesiones por imprudencia médica. Ahora bien, debemos tener en consideración las circunstancias. La forma de presentarse el dolor no parece típico del cuadro de torsión testicular, en que aparece de forma brusca e intensa, dificultando incluso la exploración, y acompañado en ocasiones de otros síntomas como náuseas y vómitos, mientras que en los procesos inflamatorios, como la orquitis o epidimitis, el inicio suele ser menos brusco. El diagnóstico de una u otra dolencia no siempre resulta fácil.

El Tribunal Supremo ha señalado que la culpa médica no la constituye un error científico o de diagnóstico, salvo el de extrema gravedad, ni cuando no se poseen unos conocimientos de extraordinaria especialización. Deben considerarse las circunstancias de cada caso, porque la ciencia médica no es una ciencia de exactitudes matemáticas y los conocimientos diagnósticos y de remedios están sometidos a cambios constantes por los avances científicos en la materia.

Sin perjuicio de la elaboración de informe pericial en relación con la evolución del dolor, podríamos afirmar que, teniendo en cuenta la clínica que presentaba el paciente, el diagnóstico realizado era razonable, estando ante un eventual error en el diagnóstico provocado por la sintomatología del dolor testicular y su forma de aparecer y evolucionar. No cabría apreciar que se hayan infringido los deberes objetivos de cuidado y, por tanto, no cabría sanción penal alguna pese a la orquiectomía realizada. 

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