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No habrá registro de la jornada a los MIR en Valencia y País Vasco

Una reivindicación constante de los representantes de los MIR es que hay compañeros a los que no se les permite descansar tras la guardia, así que el registro de la jornada real, que entró en vigor en mayo, podría ser una manera de atajar esta cuestión. Pero, aunque el contrato del MIR es de carácter laboral, no estatutario, hay ciertas dudas en su aplicación y, según ha podido saber DM, al menos ni la Comunidad Valenciana ni País Vasco van a contemplar esta medida de momento.

Además, la mayor parte de centros públicos no tiene sistemas de control horario, sino que cada servicio se autorregula. Esto ha supuesto algún conflicto entre las consejerías de Sanidad y Hacienda en algunas autonomías sobre ciertos gastos supuestamente no justificados.

El más reciente ha sido en Murcia, donde Sanidad ha pedido a los médicos que confirmen por escrito que han cumplido con la jornada. “Con el incremento de la jornada hasta las 37 horas y media, se aprobó que se trabajara los sábados, pero en la práctica los hospitales nos pidieron hacerlo por las tardes; los médicos hemos cumplido con la jornada y le corresponde a Sanidad demostrarlo”, apunta Francisco Miralles, secretario general de CESM y presidente del sindicato en Murcia.

El control horario no es una prioridad: “Partimos de que todo el mundo en la sanidad pública cumple. Si la Administración quiere, que lo ponga; estamos seguros de que saldría que hacemos más horas”, defiende.

Sara Rodrigálvarez, portavoz de la asociación nacional de residentes CoMIR, explica que han recibido información contradictoria de las gerencias sobre el registro de la jornada: “A unos compañeros de Andalucía les dijeron que la norma no se aplicaba a los residentes, mientras que en nuestra unidad docente de Zaragoza nos dijeron que lo estaban estudiando”. Argumenta que la medida puede ser positiva para sostener sus reivindicaciones comunes como colectivo, “como es la necesidad de librar las guardias y justificar las horas extra que realizamos”.

No hay unas instrucciones comunes del Ministerio de Sanidad, que indica que cada autonomía es competente respecto al control horario de los MIR, puesto que el contrato es con los servicios de salud.

Murcia, Castilla-La Mancha, Extremadura y Andalucía han confirmado a este periódico que sí están estudiando cómo implantar dicho el registro de la jornada. En el caso del Servicio Extremeño de Salud, la idea es incluirles en la aplicación informática de registro de planillas y turnos que se tiene para el personal estatutario, “y de este modo registrar qué residentes trabajan cada día y si están haciendo jornada ordinaria o complementaria, dado que el carácter de horas extraordinarias, para cuyo control básicamente ha nacido esta obligación de registro de jornada, no existe en nuestro ámbito”.

La Comunidad Valenciana argumenta que la jornada de los MIR es equivalente a la del personal estatutario, que no completa las horas extraordinarias que sí incluye el Estatuto de los Trabajadores

Fuentes del Servicio Andaluz de Salud dicen que han pedido presupuestos de diferentes soluciones tecnológicas para el registro de la jornada y añaden que no sólo se incluiría a los MIR, sino también a los 6.678 trabajadores de las agencias públicas, que son personal laboral.

Por el contrario, fuentes de la Consejería de Sanidad de Valencia argumentan que “el personal MIR tiene un contrato laboral especial para la formación que se regula por su norma específica, el Real Decreto Ley 1146/2006. En su artículo 5 recoge las condiciones de su jornada de trabajo, que se asemeja a la del personal estatuario en tanto que prevé la prestación de una jornada ordinaria más otra complementaria de guardias, por lo que no le es de aplicación el régimen de horas extraordinarias del Estatuto de los Trabajadores y tampoco, por tanto, la razón que determinó la modificación del artículo 34, donde se regula el registro”.

Asimismo, Juan Carlos Blázquez, portavoz del Sindicato Médico de Euskadi, señala que Osakidetza les ha comunicado que pidió un informe jurídico sobre la obligación de implantar este registro de la jornada y su gabinete señaló que “la Administración, al no ser una empresa, no está obligada”. La central en principio no pedirá el registro porque no han detectado que “haya quejas de las unidades docentes al respecto”.

Fuentes de la asesoría de CCOO Madrid conceden que efectivamente la jornada de los MIR es asimilable al estatutario, pero el sindicato considera que debe aplicarse el control por dos cuestiones: primero, su contrato sigue siendo laboral, aunque sea una relación especial, y segundo, para garantizar que realmente realizan las horas que les corresponden, descansos incluidos.

La misma ambigüedad reconoce Pedro Pobes, asesor jurídico de CSI-F, que defiende no obstante que “la Administración tiene recursos para realizar el control horario de sus empleados”.

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