La Sala Contenciosa del Tribunal Supremo ha desestimado la reclamación presentada por los padres de un menor, que sufre un trastorno del espectro autista, por presentarla casi dos años después del diagnóstico de la enfermedad. El Supremo recuerda que el plazo para reclamar un daño sanitario es de un año, que empieza a contar desde el establecimiento de las secuelas.
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