El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha absuelto a la Consejería de Sanidad del fallecimiento de un menor razonando que la Administración aplica los medios con arreglo al estado de la Ciencia y de la técnica. Por tanto, "sólo a partir de ese momento podrá hablarse de infracción de la lex artis, no antes".
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